Tipo: Minisitio
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La colonización del Nuevo Mundo supuso la introducción de instituciones que organizaran y aseguraran el gobierno, la explotación de las nuevas riquezas y la expansión del catolicismo. La Encomienda fue una de ellas. De origen medieval y castellano, ampliamente utilizada en Europa durante la reconquista de la península ibérica en el siglo XV, la Encomienda fue readaptada en el contexto americano y chileno del siglo XVI. En teoría fue normada según las disposiciones del llamado derecho indiano.
En recompensa por los servicios militares y financieros proporcionados durante la conquista, la Corona concedió encomiendas a los conquistadores. Estas correspondían a repartimientos de indios, es decir, un conjunto de población nativa organizada a través de caciques o curacas. Cada encomendero estaba autorizado de percibir tributos de los indios asignados. A cambio estaban obligados a proteger y evangelizar a los indios, quienes eran considerados como incapaces relativos, es decir, como menores de edad.
La implementación de la Encomienda adquirió matices distintos según cada región donde fue aplicada. En Chile la obtención de tributos por parte de los indios fue muy difícil dada las condiciones económicas y sociales iniciales. Por esta razón predominó la llamada Encomienda de servicio que, en vez de la entrega de tributo, consistió en servicio personales que los indios realizaban como mano de obra, predominantemente en lavaderos de oro. La obtención de una Encomienda se transformó así en un decisivo estímulo para la colonización, deseada por numerosos conquistadores. Por su parte, los encomenderos debieron auxiliar con sus indios durante la Guerra de Arauco, previo a que fuera formado un ejército profesional.
Las repercusiones de las encomiendas fueron particularmente negativas para los indígenas, quienes fueron abusados y cruelmente tratados. En general la Encomienda implicó el desarraigo, la concreta privación de la libertad y el descenso demográfico de los sectores indígenas, por lo que ya en pleno siglo XVI surgieron voces que cuestionaron el sistema y buscaron regularlo a través de tasas, como la de Santillán o la de Gamboa.
Temiendo que se transformaran en beneficios hereditarios perpetuos que forjaran en América una aristocracia terrateniente poderosa, autónoma y de difícil control, la Corona limitó la herencia de la Encomienda solamente a dos generaciones. En Nueva España y en Perú, los conquistadores se rebelaron con el fin de perpetuarlas, estableciendo un régimen de carácter señorial, participando Pedro de Valdivia por el bando monárquico en una de ellas.
En Chile las encomiendas fueron conferidas directamente por los gobernadores, a diferencia de las mercedes de tierras que suponían el derecho de propiedad y que eran entregadas por el cabildo.
Debido al temprano agotamiento de la actividad aurífera, la encomienda chilena, basada en la servidumbre del indio, derivó en faenas agropecuarias, siendo crucial para la formación del espacio rural. En el siglo XVII el sistema de encomienda fue extendido con variantes al norte de Chile (La Serena, Copiapó), Cuyo, Chiloé y la zona central, garantizando el acceso a mano de trabajo o la recepción de una pensión para los encomenderos herederos. En el siglo XVIII, debido a múltiples factores ligados con la dispersión y ruralización de los indios, la mantención de los abusos, el mestizaje, entre otros, la institución fue decayendo hasta que finalmente fue abolida por Ambrosio O'Higgins mediante un edicto del 7 de febrero de 1789, en plena era borbónica, que fue ratificado por la corona en 1791, fecha en que se concretó su abolición definitiva.
La Encomienda
Fuentes para la historia del trabajo en el Reino de Chile : legislación, 1546-1810. Santiago :Andrés Bello,impresión de 1982-1983. 2 v. ;23 cm.
Memoria sobre el servicio personal de los indíjenas i su abolición. 13 p.
Estudios históricos. [Santiago] :Eds. de la Universidad de Chile,1940. 154 p. ;20 cm.
Historia general de Chile. Santiago :Editorial Nascimiento,1930-. v- :láms., retrs. ;24 cm.
Derecho Indiano : Derecho Castellano-Derecho Precolombino-Derecho Colonial. Oruro :Ed. de la Universidad Técnica,1955. 419 p. ;22 cm.
Historia de Chile : texto original completo con índices temático, cronológico, onomástico, de topónimos y general. [Santiago] :VEA,[1988-1989]. 54 v. ;18 cm. +
Colección de documentos para la historia de la formación social de hispanoamérica : 1493-1810. Madrid :Consejo Superior De Investigaciones Cientificas,1953-. v. ;24 cm.
Las encomiendas según tasas y ordenanzas. Buenos Aires :Casa Jacobo Peuser,1941. 243, xxvii p. ;28 cm.
Encomenderos y estancieros : estudios acerca de la constitución social aristocrática de Chile después de la conquista 1580-1660. Santiago :Universidad de Chile, Sede Valparaíso, Area de Humanidades, Depto. de Historia,1970. ix, 243 p., 1 h. de lám. ;22 cm.
El estado en el derecho indiano : época de fundación (1492-1570). Santiago de Chile :Instituto de Investigaciones Histórico-Culturales, Universidad de Chile,1951. 328 p. ;25 cm.
La encomienda indígena en Chile durante el siglo XVIII. Santiago, Chile :Universidad Católica de Chile, Instituto de Historia,1966. 103 p.;24 cm.
Nueva crónica y buen gobierno. Caracas :Biblioteca Ayacucho,impresión de 1980. 2 v. :il. ;23 cm.
[Carta] 1705 May. 7, Santiago de Chille [a S. Magestad]. p. 733-746, encuadernadas ;31 cm.
Política indígena en los orígenes de la sociedad chilena. Santiago de Chile :Univ. de Chile, Facultad de Filosofía y Educación, Instituto de Investigaciones Histórico Culturales,1951. 109 p. :25 cm.
El paradigma masculinofemenino en el discurso narrativo de Amanda Labarca
Seis misioneros en la frontera mapuche : (del libro IV de la Conquista espiritual del Reino de Chile : volumen 1). Temuco :Eds. Universidad de la Frontera,1991. 362 p. :facsíms. ;21 cm.
El jardín de un panadero : poesías completas. Valparaíso :Impr. de la Librería del Mercurio,1893. 86 p. ;17 cm.
Con la decadencia de la minería comienza la ruralización del servicio personal indígena
1580Se promulga la Tasa de Gamboa
1593García de Loyola declara ilícita la venta de indígenas
1598Destrucción de las siete ciudades al sur del Bío-Bío
1603Se promulga la Tasa de Rivera
160826 de mayo. El rey Felipe III firma la Real Cédula que permite la esclavitud de indígenas apresados en guerra
1609Establecimiento de la Real Audiencia
162028 de marzo. Se promulga la Tasa de Esquilache
162217 de julio. El rey Felipe IV ordena la libertad de los indígenas de todo servicio personal a cambio de pagos de tributos
163314 de abril. Cédula real que ordena eliminar el servicio personal de indígenas. Se promulga la Tasa de Laso de la Vega
168114 de mayo. Real Cédula que prohibe hacer trabajar a los indígenas en obrajes de paños, lana, seda, o algodón
172012 de julio. Real cédula que ordena que todas las encomiendas pasaran a la real hacienda
17244 de julio. El rey Luis I, ordena que las encomiendas chilenas no se incorporaran a la real hacienda
179110 de junio. Real cédula que incorpora a la corona todas las encomiendas de Chile